C/ Río Navia 58 Bajo, 27004 Lugo
De lunes a viernes 09:00-13:30, 16:00-20:00

Reconocimiento médico


El reconocimiento médico será efectuado por facultativos especialistas y su fin es garantizar que los aspirantes estén en condiciones idóneas para el ejercicio de las funciones policiales propias del puesto de trabajo.

Se calificará como apto o no apto.

A los efectos de la exclusión del la aspirante, se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Obesidad-Delgadez.

Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Índice de masa corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni superior a 29,9. Considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresada en metros.

2. Cualquier enfermedad, padecimiento o alteración de carácter físico, psíquico o sensorial que, a juicio de los facultativos médicos, impida, limite o dificulte el ejercicio de las funciones policiales.